Según la legislación vigente, el 21 de agosto de 2023, se inicia el proceso de adopción de los tacógrafos avanzados de segunda generación.
Pero, ¿Cuáles son las innovaciones que implica este cambio? ¿Cómo deben ajustarse las empresas a esta normativa? ¿Es necesario que todos los vehículos realicen este cambio?, Veámoslo.
El Reglamento de Ejecución (UE) 2023/980 de la Comisión Europea establece que cualquier transportista que desee operar a nivel internacional deberá contar con un tacógrafo inteligente de segunda generación instalado en su vehículo.
Incluso aquellos que ya posean un tacógrafo inteligente de primera generación deberán actualizarlo.
Esta regulación se aplica principalmente al transporte internacional. Si no se realiza transporte internacional, aún no es obligatorio reemplazarlo, y los tacógrafos analógicos pueden seguir utilizándose.
Todos los camiones y autobuses matriculados a partir del inicio de esta normativa (el 21 de agosto de 2023) deberán llevar instalada la segunda generación de tacógrafos inteligentes.
¿Qué ventajas nos trae el tacógrafo Inteligente de segunda generación?
- Localización: Los tacógrafos inteligentes serán compatibles con servicios de localización proporcionados por Galileo, el sistema de navegación europeo por EGNOS (complemento geoestacionario) y otros sistemas de navegación por satélite.
La posición del vehículo se registrará automáticamente al cruzar las fronteras y al realizar operaciones de carga o descarga. En contraste con el pasado, donde la posición se registraba solo al comienzo y al final de la jornada, y cada 3 horas de conducción acumulada.
La interfaz con los sistemas de transporte inteligentes, que era opcional en la versión anterior del tacógrafo inteligente a partir del 15 de junio de 2019, será obligatoria en esta nueva versión.
Para evitar la necesidad de reemplazar físicamente el dispositivo de control cada vez que se realice una modificación de las especificaciones técnicas, se garantizará que las futuras funcionalidades puedan implementarse y mejorar mediante actualizaciones de software.
- Entrada de la Operación de Carga/Descarga: El dispositivo de control permitirá al conductor ingresar y confirmar en tiempo real la información sobre la carga, descarga o cualquier operación simultánea de carga/descarga.
Esta información deberá registrarse antes de que el vehículo abandone el lugar donde se lleva a cabo la operación de carga/descarga.
- Nuevos Pictogramas para el Tacógrafo Inteligente de Segunda Generación: Se han introducido nuevos pictogramas para representar diversas condiciones y eventos, desde operaciones de carga/descarga hasta incidentes relacionados con el GNSS (Sistema Global de Navegación por Satélite).
Fechas importantes del proceso de cambio
- 21 de agosto de 2023: Comienzo de la normativa. A partir de esta fecha, todos los camiones y autobuses recién matriculados deben estar equipados con el Tacógrafo Inteligente de segunda generación.
- 31 de diciembre de 2024: Obligación de implementar el Tacógrafo Inteligente de segunda generación en los vehículos que ya cuenten con un tacógrafo y realicen transporte internacional, con excepción de aquellos que tengan un Tacógrafo Inteligente de primera generación.
- 21 de agosto de 2025: Se requerirá la sustitución de todos los tacógrafos inteligentes de primera generación en los vehículos que realicen transporte internacional.
- 1 de julio de 2026: Obligación de implementar el Tacógrafo Inteligente de segunda generación en camiones con una Masa Máxima Autorizada (MMA) de entre 2,5 y 3,5 toneladas.
Estos cambios están diseñados para mejorar la precisión, la seguridad y la funcionalidad de los tacógrafos inteligentes de segunda generación.